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REAL DECRETO 926/2020, DE 25 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE DECLARA EL ESTADO DE ALARMA PARA CONTENER LA PROPAGACIÓN DE INFECCIONES CAUSADAS POR EL SARS- COV-2.
* DEL 25 DE OCTUBRE AL 9 DE NOVIEMBRE (PODRÍA ALARGARSE HASTA EL 9 DE MAYO DE 2021).
* MEDIDAS:
- SE LIMITA LA LIBERTAD DE CIRCULACIÓN DE LAS PERSONAS DESDE LAS 23:00 HASTA LAS 6:00 HORAS. SÓLO SE PODRÁ CIRCULAR POR LAS CAUSAS JUSTIFICADAS ESTABLECIDAS EN LA NORMA. LA JUNTA DE ANDALUCÍA PODRÁ ADELANTAR O RETRASAR UNA HORA EL INICIO Y EL FINAL DE ESE HORARIO.
- OTRA MEDIDA A EXPENSAS DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA ES LA LIMITACIÓN DE ENTRADA Y SALIDA DEL TERRITORIO AUTONÓMICO O PARTE DE ÉSTE.
- LA JUNTA DE ANDALUCÍA, ADEMÁS, PODRÁ LIMITAR LA PERMANENCIA DE PERSONAS EN ESPACIOS PÚBLICOS O PRIVADOS A UN MÁXIMO DE SEIS PERSONAS, SALVO EN EL CASO DE CONVIVIENTES.